Hogares Sustitutos

Familias voluntarias que abren las puertas de su hogar para acoger, cuidar y proteger temporalmente a niñas, niños o adolescentes que están bajo protección del ICBF, en un Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos, por haber sufrido violencias y otras vulneraciones.

Características del proyecto

Cobertura geográfica

Cali, Jamundí y Yumbo

Población

niñas, niños o adolescentes.

Se realiza mediante tres fases del proceso de atención referidas por el ICBF

1. Fase de identificación, diagnóstico y acogida.ÂValoración por parte del equipo biopsicosocial, fortalecimiento de adaptación y restablecimiento de condiciones de derecho.

2. Fase de intervención.ÂSeguimiento, orientación y acompañamiento, en el desarrollo y niveles de intervención personal y familiar.

3. Fase de proyección y preparación.ÂPreparación para el egreso de la modalidad según decisión administrativa.

Estas fases se definen dentro del Plan de Atención Institucional y de las estrategias de fortalecimiento personal y familiar.

La encuesta de satisfacción se constituye en una herramienta de participación en la cual se conoce la opinión de los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y sus familias, sobre la prestación del servicio.

Permite a determinar el grado de satisfacción en la prestación del servicio en mención e identificar factores que conducirán a acciones de mejora para ofrecer una atención con estándares de calidad.

Esta se planifica, diseña e implementa de manera semestral bajo los lineamientos técnicos ofrecidos por un marco normativo que rige la modalidad.

Ver los resultados 2020

La persona responsable del hogar en el momento de la selección debe encontrarse entre los 23 y 55 años.

Debe ser bachiller o mínimo noveno grado de básica secundaria aprobado, al momento en que se constituya como hogar sustituto tendrá 12 meses para completar su bachillerato y obtener el respectivo diploma.

La persona responsable del hogar sustituto y los miembros de la familia deben acreditar buenas condiciones de salud física y estar afiliados al Sistema General de Salud.

La persona responsable del hogar sustituto debe tener disponibilidad de tiempo completo.

La familia aspirante deberá demostrar ingresos económicos mensuales que le permitan el adecuado sostenimiento de los miembros de su hogar biológico.

La persona que se postula para constituirse como hogar sustituto debe acreditar habilidades y competencias en la crianza o trabajo con niños, niñas o adolescentes, sin que la falta de experiencia sea un criterio excluyente.

Cumplir con la documentación requerida para el proceso.